Reforma fiscal 7

Retomamos la serie de comentarios de reforma, centrados en la reforma fiscal que , en mi opinión, necesita España para sobrevivir.

Nos queda hablar sobre el impuesto especial de electricidad, pero como este hace referencia al IVA se aplicará lo que estableceremos para este en los casos en que corresponda este impuesto especial.

Pero antes de llegar al IVA, repasaremos algunos de los demás. En concreto los relativos a bienes inmuebles. En la actualidad hay varios impuestos y tasas que los graban:

  • IBI

  • Tasa de recogida de residuos

  • Tasas de reciclaje

  • Alcantarillado o tasa de vertidos

  • Otros arbitrios municipales

  • Repercusión de valor en el IRPF.

En la mayoría de los casos estos impuestos son de tipo municipal, en muchos casos asociados a algunos consumos , como el de agua, o al valor del inmueble. A estos habría que añadir algunos como el Impuesto de actividades económicas, que se paga en locales de oficina y bajos comerciales y que va ligado al domicilio del mismo y no al domicilio social de la empresa.

En general no precisan de reforma, salvo la repercusión en el IRPF que en el caso que se aplica (segundas residencias) pueden beneficiar las comunidades autónomas distintas de las que se haya el bien. Y lo que es peor benefician a los extranjeros que no declaran en este país frente a los ciudadanos nacionales. Por ello ese impuesto debe ser anulado o modificado para que todos los paguen y se realice en la comunidad donde se haya el bien, no ligado al IRPF.

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