¿Dejará de ser España un país de propietarios?

¿Dejará de ser España un país de propietarios?

La semana pasada hablamos de la legislación española (al menos hasta ahora) y las características que hacen que las hipotecas españolas sean «préstamos personales con garantía hipotecaria». Nos quedó por hablar una última cuestión: Aunque se supone que si el bien vale más que la deuda pendiente (más los gastos) el resto debería entregarse al prestatario, sea por el prestamista que se queda el bien sea por el juzgado, habitualmente en las entregas directas no se hace ya que el banco no re-tasa el bien e incluye cláusulas que le garantizan quedarse con el bien sin pagar nada, mientras que si se llega a juicio, rara vez en las subastas se paga el precio que vale el bien, y los más poderosos que participan en el proceso (los bancos) no han tenido ningún interés en mejorarlo, mientras que la administración de justicia no altera dichas condiciones por desidia (si queremos pensar bien).
A diferencia de ello, en el resto de Europa y América, una hipoteca se establece exclusivamente sobre el bien, de forma que si este es entregado y vale más o menos de lo prestado es problema del banco. O no del banco… Y ahí llegamos a los cambios legislativos estadounidenses que han causado la mayor crisis económica de Occidente y la primera del siglo XXI.
La cuestión es que al ser los bancos quienes corrían el riesgo tanto de los impagos como de la depreciación de los bienes sobre los que habían prestado el dinero (y pensemos que en EEUU un país donde mayormente se construye con madera es más común que las viviendas se deprecien) los intereses tendían a ser altos, muy altos; y las condiciones para acceder al crédito muy restrictivas. Para favorecer el crédito y bajar los intereses la legislación aprobó que esos créditos pudieran ser «vendidos» por los bancos a otros, quedando el banco como mero intermediario encargado de cobrar las letras y pagar al comprador su parte, quedándose una comisión. Sinceramente no sé en qué podía beneficiar a la bajada de los intereses o a la disponibilidad del crédito esta jugada, salvo que se presupusiera que los riesgos los iban a correr otros por nada y que eso implicase una dejación de responsabilidades por parte de los bancos, como así pasó.

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